{"id":3067,"date":"2016-08-08T14:11:10","date_gmt":"2016-08-08T14:11:10","guid":{"rendered":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/?p=3067"},"modified":"2016-08-08T14:11:10","modified_gmt":"2016-08-08T14:11:10","slug":"regimen-de-fomento-pyme","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/?p=3067","title":{"rendered":"Regimen de fomento PYME"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-2747\" src=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original-300x200.jpg\" alt=\"160519164804.1_original\" width=\"300\" height=\"200\" srcset=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original-300x200.jpg 300w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original-768x512.jpg 768w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original-1024x683.jpg 1024w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/160519164804.1_original-956x637.jpg 956w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>La primera semana de Agosto trajo consigo una diversidad de novedades en materia impositiva que se estaban aguardando con grandes expectativas, entre las cuales, destacamos: la reglamentaci\u00f3n del r\u00e9gimen de sinceramiento fiscal, la reglamentaci\u00f3n de la moratoria para obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras y la ley del r\u00e9gimen de fomento para pymes<br \/>\nEsta \u00faltima ley ser\u00e1 la que desarrollaremos, donde se instrumentan diversas medidas de fomento para las micro, peque\u00f1as y medianas empresas[1], en materia de beneficios fiscales y de fomento a la utilizaci\u00f3n de instrumentos de cr\u00e9dito. Nuestro inter\u00e9s se centrar\u00e1 en los puntos vinculados con los pagos a cuentas de impuestos, debido a que, en el pr\u00f3ximo cierre de ejercicio los incrementos de precios de los granos y la suba del tipo de cambio afectar\u00e1 en la determinaci\u00f3n del impuesto a las ganancias, afectando tanto a productores como a los diferentes eslabones de la cadena comercial.<\/p>\n<p>Modificaciones Tributarias<\/p>\n<p>Un impacto relevante ser\u00e1 para aquellos sujetos que sean consideradas micro y peque\u00f1as empresas, debido a que el impuesto sobre los cr\u00e9ditos y d\u00e9bitos bancarios,<\/p>\n<p>podr\u00e1 ser computado en un cien por ciento (100%) como pago a cuenta del impuesto a las ganancias y de sus anticipos, respectivamente y en un cincuenta por ciento (50%) por las industrias manufactureras del tramo 1.<\/p>\n<p>En cuanto al impuesto al valor agregado, se establece el pago del saldo de la declaraci\u00f3n jurada (para las micro y peque\u00f1as empresas), en el segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original, es decir a los 90 d\u00edas.<\/p>\n<p>No menos importante es mencionar, la eximici\u00f3n del impuesto a la ganancia m\u00ednima presunta para los ejercicios que se inicien a partir del 1\/1\/2017 para la micro, peque\u00f1a y mediana empresa. Tendremos que seguir de cerca este tema, en raz\u00f3n de que los inmuebles rurales no se encuentran gravados en bienes personales por encontrarse alcanzados en ganancias m\u00ednima presunta, deberemos esperar que se reglamente el mismo y analizar qu\u00e9 suceder\u00e1 con dichos inmuebles.<\/p>\n<p>Inversiones en Bienes de Capital<\/p>\n<p>A nuestro entender, los principales beneficios se encuentran en lo que respecta a las inversiones en bienes de capital, debido a que se permite el c\u00f3mputo de una porcentaje como pago a cuenta de ganancias y el excedente de saldo en IVA, por dichas inversiones, como un bono fiscal.<\/p>\n<p>Estas inversiones abarcan, la compra, construcci\u00f3n, fabricaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n o importaci\u00f3n definitiva de bienes de capital, nuevos o usados, excluyendo a los autom\u00f3viles, y las adquisiciones de reproductores, quedando comprendidas las hembras, cuando fuesen de pedigr\u00ed o puros por cruza, siendo aplicable a las inversiones productivas que se realicen entre el 1\/7\/2016 y el 31\/12\/2018.<\/p>\n<p>Se desprende de lo anterior el amplio abanico de posibilidades de inversi\u00f3n que existen para poder computar los beneficios fiscales. En detalle, respecto al pago a cuenta en el impuesto a las ganancias, por inversiones en bienes de capital, se podr\u00e1 computar el diez por ciento (10%) sobre el valor de la o las inversiones productivas realizadas durante el a\u00f1o fiscal o ejercicio anual, seg\u00fan corresponda, y no podr\u00e1 superar el monto que se determine mediante la aplicaci\u00f3n del dos por ciento (2%) sobre el promedio de los ingresos netos obtenidos en concepto de ventas (ver cuadro), en el caso de las industrias manufactureras, el l\u00edmite porcentual establecido en el p\u00e1rrafo anterior se incrementar\u00e1 a un tres por ciento (3%).<\/p>\n<p>En cuanto al bono de cr\u00e9dito fiscal por las inversiones en bienes de capital y en obras de infraestructura, corresponde a los cr\u00e9ditos fiscales en el impuesto al valor agregado que hubiesen sido originados en inversiones productivas. Podr\u00e1n solicitar que los mencionados cr\u00e9ditos fiscales se conviertan en un bono intransferible utilizable para la cancelaci\u00f3n de tributos nacionales, incluidos los aduaneros.<\/p>\n<p>Recordemos que la ley establece que para adherir a los beneficios que mencionamos, la empresas se deben tipificar, para ello la secretaria deber\u00e1 definir las caracter\u00edsticas de las empresas que ser\u00e1n consideradas Micro, Peque\u00f1as y Medianas, contemplando, cuando as\u00ed se justificare, las especificidades propias de los distintos sectores y regiones y con base a los atributos de personal ocupado, valor de las ventas y valor de los activos aplicados al proceso productivo. Actualmente el sistema online que se utiliza para acceder al beneficio, ya reglamentado, del diferimiento del ingreso del pago del IVA, se consideran los par\u00e1metros de venta anuales de los \u00faltimos tres ejercicios y el cumplimiento de deberes formales en cuanto a las declaraciones juradas de la empresa.<\/p>\n<p>Como se desprende de lo mencionado, los beneficios son muy significativos en cuanto a los pagos a cuentas, siendo los m\u00e1s importantes aquellos vinculados con las inversiones en bienes de capital, quedar\u00e1 aguardar que el fisco reglamente los mismos y que brinde las herramientas que logren de la mejor manera la materializar dichos ben\u00e9ficos en el menor tiempo posible.<\/p>\n<p>Por\u00a0Mariano Echegaray Ferrer<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La primera semana de Agosto trajo consigo una diversidad de novedades en materia impositiva que se estaban aguardando con grandes expectativas, entre las cuales, destacamos: la reglamentaci\u00f3n del r\u00e9gimen de sinceramiento fiscal, la reglamentaci\u00f3n de la moratoria para obligaciones impositivas,&#8230;<br \/><a class=\"read-more-button\" href=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/?p=3067\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11,7,5],"tags":[],"class_list":["post-3067","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-agricultura","category-agronegocios","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3067","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3067"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3067\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3069,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3067\/revisions\/3069"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3067"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3067"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3067"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}