{"id":12904,"date":"2021-07-01T14:41:33","date_gmt":"2021-07-01T14:41:33","guid":{"rendered":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/?p=12904"},"modified":"2021-07-01T14:41:33","modified_gmt":"2021-07-01T14:41:33","slug":"el-gobierno-nacional-redujo-los-derechos-de-exportacion-de-nuevos-productos-de-las-economias-regionales","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/?p=12904","title":{"rendered":"El Gobierno Nacional redujo los derechos de exportaci\u00f3n de nuevos productos de las econom\u00edas regionales"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas.jpeg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"682\" src=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas-1024x682.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-12252\" srcset=\"http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas-1024x682.jpeg 1024w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas-300x200.jpeg 300w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas-768x512.jpeg 768w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas-956x637.jpeg 956w, http:\/\/elmediodelcampo.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Panal-de-Abejas.jpeg 1280w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p>La medida abarca a unos 17 productos que pasar\u00e1n a tributar 0%. Forma parte de las pol\u00edticas p\u00fablicas impulsadas por el Estado nacional para fortalecer las econom\u00edas regionales bajo el paradigma de la equidad social y territorial.<br>Continuando un proceso de reducci\u00f3n de los Derechos de Exportaci\u00f3n (DE) de Econom\u00edas Regionales que se inici\u00f3 en diciembre de 2019, el Ministerio de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca de la Naci\u00f3n informa que la nueva medida contempla a 67 posiciones arancelarias entre las cuales se incluyen productos con costo fiscal cero.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abDentro del conjunto de pol\u00edticas p\u00fablicas que viene llevando adelante la cartera agropecuaria nacional junto a otros Ministerios con el objetivo que nos encomend\u00f3 el presidente Alberto Fern\u00e1ndez de incentivar la competitividad de las econom\u00edas regionales, el proceso de reducci\u00f3n de Derechos de Exportaci\u00f3n de los productos del sector es una de ellas, y lo estamos llevando adelante con mucha responsabilidad fiscal, eligiendo los productos que no impacten en los precios internos y que generen trabajo y valor agregado\u00bb, destac\u00f3 el ministro de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca de la Naci\u00f3n, Luis Basterra sobre la medida.<\/p>\n\n\n\n<p>Y agreg\u00f3: \u00abLas econom\u00edas regionales juegan un rol estrat\u00e9gico ya que generan alto valor agregado, son mano de obra intensiva y arraigo en los territorios donde se desarrollan por lo que nuestra funci\u00f3n implica apoyarlas para seguir promoviendo la equidad social y territorial\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta oportunidad, se abordaron productos de las siguientes cadenas: apicultura, huevos, semillas, especias, productos envasados (arroz, man\u00ed, ma\u00edz pisingallo, girasol), aceites (de jojoba), jugos de hortalizas y frutas, bebidas alcoh\u00f3licas (vermut), aceites esenciales y resinoides, lanas y pelos.<\/p>\n\n\n\n<p>En diciembre de 2019, mediante el Decreto N\u00ba 37\/2019, se fijaron nuevos valores para los DE, manteniendo un valor fijo en pesos por cada d\u00f3lar exportado, para incentivar las exportaciones de las econom\u00edas regionales. En marzo de 2020, el Decreto N\u00ba 230\/2020 redujo los DE de algunas econom\u00edas regionales como el algod\u00f3n, el arroz y el girasol al 5%, 6% o 7%, dependiendo el producto de cada cadena. En octubre del mismo a\u00f1o, a trav\u00e9s del Decreto N\u00ba 789\/20 se incrementaron los reintegros de la vitivinicultura, y con el Decreto N\u00ba 1060\/20 se redujeron a cero los DE de 698 productos (alimentos y bebidas) provenientes de las econom\u00edas regionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, resaltar que estas acciones constituyen un hito m\u00e1s del proceso de industrializaci\u00f3n de la ruralidad, generando m\u00e1s valor agregado en cada uno de los territorios de la Argentina. El proceso se lleva a cabo bajo el objetivo de generar desarrollo econ\u00f3mico con equidad social; siendo responsables fiscalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Detalle de la nueva medida<\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto 410\/2021, publicado en el Bolet\u00edn Oficial, alcanza a 67 posiciones arancelarias, considerando una apertura a 8 d\u00edgitos de la Nomenclatura Com\u00fan del Mercosur (NCM8).<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Apicultura: se redujo a cero el DE de las Abejas Reinas, siendo su producci\u00f3n la base de esta actividad. De su gen\u00e9tica dependen las caracter\u00edsticas y desempe\u00f1o de la colmena, adem\u00e1s del impacto de las condiciones ambientales, sanitarias y nutricionales.<\/li><li>Huevos: se consideraron los fertilizados, como los frescos y los conservados o cocidos, tanto de gallina como de otras aves. A partir de esta medida no tributar\u00e1n DE, mientras que antes presentaban un arancel de 4,5%. Esta cadena genera dinamismo socioecon\u00f3mico, en las granjas de producci\u00f3n y plantas industriales distribuidas en nuestro pa\u00eds.<\/li><li>Semillas: se tuvo en cuenta el apoyo a la investigaci\u00f3n y desarrollo aplicada a obtener semillas o materiales iniciales con las mejores caracter\u00edsticas gen\u00e9ticas para la obtenci\u00f3n de productos de consumo o intermedios de alta calidad nutricional y\/o industrial. En este marco, se redujo a cero el DE de las papas para siembra, quinoa para siembra, s\u00e9samos para siembra, que contaban con un tributo de 4,5%.<\/li><li>Especias: se consideraron tanto productos que se producen en nuestro territorio, como otros que no es posible por condiciones agroecol\u00f3gicas espec\u00edficas, pero en todos los casos, se trata de productos a los que se les agrega valor, mediante diversos procesos de industrializaci\u00f3n en nuestro pa\u00eds. Este grupo est\u00e1 integrado por pimientas, vainilla, canela, tomillo, hojas de laurel, entre otros. El DE a partir de esta medida ser\u00e1 cero, mientras que antes tributaban 4,5%.<\/li><li>Productos envasados: arroz, man\u00ed, ma\u00edz pisingallo, girasol. Con el objetivo de promover la inversi\u00f3n, el agregado de valor y la generaci\u00f3n de puestos de trabajo, se redujo el DE de las presentaciones envasadas (contenido inferior o igual a 2 kg) de productos como arroz, man\u00ed, ma\u00edz pisingallo y girasol.<\/li><li>En el caso del arroz, se trata de una importante econom\u00eda regional de las provincias de Corrientes, Entre R\u00edos, Santa Fe, Formosa y Chaco. Estos productos tributaban entre 4,5% y 6% de DE. A partir de la puesta en vigencia de la actual medida, algunas posiciones arancelarias contar\u00e1n con al\u00edcuota de cero, como el caso de arroz con c\u00e1scara para siembra, y las dem\u00e1s correspondientes a arroz con diversos procesos industriales, siempre presentados en envases de contenido igual o menor a 2 kg, contar\u00e1n con al\u00edcuotas de 5%, 4,5% y 3%, mejorando su situaci\u00f3n anterior.<\/li><li>Respecto al man\u00ed, su cadena agroalimentaria se localiza principalmente en la provincia de C\u00f3rdoba, aunque tambi\u00e9n se cultiva e industrializa en San Luis, La Pampa, Buenos Aires, Salta, Santa Fe y Jujuy, siendo gran proporci\u00f3n de su producci\u00f3n destinada a los mercados internacionales (90%).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Los productos beneficiados son espec\u00edficamente los fraccionados en envases de contenido igual o menor a 2 kg. En el caso de los pertenecientes a la partida 2008.11.00, se encuentran productos con alto valor agregado, como la manteca de man\u00ed cuyo DE se llev\u00f3 a cero, mientras que antes tributaba 5%. Por otro lado, entre los man\u00edes correspondientes a la partida 1202.42.00, se encuentra al man\u00ed tipo confiter\u00eda y partido, que ahora tributar\u00e1n 4,5% (antes tributaban entre 5% y 7%)<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>El ma\u00edz pisingallo se clasifica como dentro del grupo de ma\u00edces diferenciados o especiales, y se lo utiliza para elaborar el conocido pochoclo. El producto envasado se beneficia con cero en su nuevo DE.<\/li><li>Respecto al girasol, se redujo a cero el DE de las semillas de girasol tipo confiter\u00eda y descascarados, siendo productos de valor agregado dentro del complejo girasolero.<\/li><li>Aceite de jojoba: se redujo a cero su DE (antes contaba con una al\u00edcuota de 4,5%). Se trata de un producto cultivado y elaborado principalmente en la provincia de La Rioja, cuyo destino principal es la industria de la cosm\u00e9tica.<\/li><li>Jugos de hortalizas y frutas: en este caso, la posici\u00f3n arancelaria 20098990 engloba a varios productos, entre los cuales se encuentra al jugo concentrado de pera, por lo tanto, se redujo a cero su DE (antes tributaba 4,5%). Se trata de un producto con fuerte sesgo exportador, y su producci\u00f3n juega un rol muy importante en la cadena productiva regional de los valles de R\u00edo Negro, Neuqu\u00e9n y Mendoza. El mercado internacional de este producto es reducido y competitivo, por lo que este beneficio colaborar\u00e1 con la mejor y mayor colocaci\u00f3n en los mercados externos.<\/li><li>Vermut : se redujo a cero su DE (antes tributaba 4,5%) o a. Se trata de una bebida con tradici\u00f3n en el consumo dom\u00e9stico, con marcas globales y nacionales de renombre.<\/li><li>Aceites esenciales y resinoides: este grupo diferenciado por su alto valor agregado no tributar\u00e1 DE, cuando antes contaban con una al\u00edcuota del 3%. Se trata de un conjunto de productos elaborados en diversas cuencas productivas, como el aceite esencial de citronela, lemongr\u00e1s y menta en Misiones o la oleorresina de piment\u00f3n, en Salta.<\/li><li>Lanas y pelos: se trata de productos obtenidos de la producci\u00f3n de animales como la cabra o la oveja. En los productos de pelos con proceso de lavado, su DE es, a partir de la presente medida de cero (antes tributaban 4,5%), mientras que la lana peinada se reduce a 3% (antes tambi\u00e9n tributaba 4,5%).<\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La medida abarca a unos 17 productos que pasar\u00e1n a tributar 0%. 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